¿Qué pasa si el casero corta el agua o la luz?

¿Qué pasa si el casero corta el agua o la luz?

Publicado el 31 de agosto de 2025


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Resumen rápido y conceptos clave

Cuando el casero corta el agua o la luz a un inquilino para forzarlo a pagar, a irse del piso o como “castigo”, hablamos de un corte de suministros unilateral e injustificado. Esta conducta, además de ser contraria a las obligaciones básicas del arrendador, puede constituir una vulneración de derechos del inquilino y derivar en responsabilidades legales y económicas. En un alquiler, el suministro de servicios esenciales (agua, electricidad, a veces gas) forma parte de las condiciones que permiten el uso y disfrute de la vivienda. Interrumpirlos puede considerarse una perturbación del uso pacífico e incluso, en casos graves, una forma de coacción. La regla general es clara: el propietario no puede “hacerse justicia por su mano”.

El punto de partida es identificar quién es el titular de los contratos de agua y luz. Si los contratos están a nombre del arrendador, este sigue siendo responsable de garantizar la continuidad del servicio, repercutiendo luego el coste al inquilino si así lo prevé el contrato. Si el titular es el inquilino, el casero no puede ordenar cortes a la comercializadora; en tal caso, solo un impago real y directo del inquilino podría llevar a un corte por la compañía, siguiendo el procedimiento reglado y con preaviso. En ninguno de los supuestos es lícito que el casero corte a propósito el suministro por su cuenta o inste a terceros a hacerlo sin causa legal.

Claves rápidas:

  • El casero no puede cortar el agua o la luz para forzar pagos o la salida del inquilino.
  • Primero se reclama por escrito (burofax), se documenta el daño y se pide restablecimiento inmediato.
  • Si no hay solución, se acude a Consumo o al juzgado y se pueden pedir medidas cautelares e indemnización.

Actuar con método es vital: documenta, comunica por vías fehacientes y solicita la reposición urgente del servicio. Cuanto mejor preparada esté la reclamación, más opciones habrá de un restablecimiento rápido y de obtener compensación por los perjuicios sufridos.

Derechos del inquilino y obligaciones del arrendador

El inquilino tiene derecho al uso pacífico de la vivienda durante la vigencia del contrato, y ese uso incluye el acceso ordinario a suministros esenciales. El arrendador, por su parte, asume la obligación de mantener la vivienda en condiciones de habitabilidad, atender reparaciones necesarias y no perturbar al arrendatario en el disfrute del inmueble. De ahí que la interrupción deliberada de agua o luz sea una vulneración de esa obligación básica. Además, si el corte deriva de una falta de mantenimiento del casero (por ejemplo, instalación eléctrica insegura que obliga a cortar), también podría responder por no conservar la vivienda en estado de servir al uso convenido.

En materia de gastos y suministros, lo habitual es que el contrato establezca quién paga qué: agua, luz, gas, comunidad, tasa de basuras, etc. Pero, incluso si el inquilino es el obligado al pago de agua y luz, el casero no puede imponer un corte como sanción. Si el impago recae en el titular del contrato (por ejemplo, el casero), debe regularizarse con la compañía y, en su caso, repercutir su importe al inquilino conforme al contrato. El derecho del inquilino comprende, además, la posibilidad de resolver el contrato si la perturbación es grave y continuada, reclamando daños por pérdida de alimentos, equipamiento estropeado, noches de hotel, jornadas laborales perdidas u otros perjuicios acreditados.

  • Derecho a vivienda habitable y uso pacífico sin cortes arbitrarios.
  • Obligación del casero de no perturbar y de conservar la vivienda utilizable.
  • Posibilidad de resolución del contrato y reclamación de perjuicios si el corte es grave.

Comprender estos derechos y obligaciones facilita negociar con el casero desde una posición informada y, si no hay acuerdo, preparar una reclamación sólida.

Cómo actuar ante un corte de suministros

Ante un corte de agua o luz, la prioridad es restablecer el servicio cuanto antes y dejar constancia de todo. Empieza por verificar si el corte es general del edificio o específico de tu vivienda. Pregunta a vecinos, revisa el cuadro eléctrico y comprueba en la web o app de la compañía si hay incidencias. Si confirmas que es un corte selectivo o provocado, pasa a documentar con fotos y vídeo (contador, cuadro, precintos, mensajes del casero, etc.).

Después, comunica por escrito al arrendador de manera fehaciente tu exigencia de reposición inmediata. El medio recomendado es el burofax con certificación de contenido y acuse de recibo, o un correo electrónico firmado digitalmente si ambas partes lo aceptan. En ese escrito, describe el corte, solicita la reactivación en 24/48 horas, advierte de los daños que puede causar y anuncia que, de no solucionarse, acudirás a Consumo y al juzgado solicitando medidas cautelares e indemnización. Paralelamente, abre incidencia con la comercializadora para dejar rastro de la fecha y hora del corte y de quién lo solicitó.

Checklist inmediato:

  • Verifica si es avería general o corte selectivo.
  • Recopila pruebas (fotos, vídeos, testigos, emails, WhatsApp).
  • Envía burofax exigiendo restablecimiento en 24/48h.
  • Contacta con la compañía de suministros y pide parte de incidencia.
  • Valora denunciar en Consumo y preparar medidas cautelares.

Si el corte compromete la habitabilidad (familias con menores, personas dependientes, medicación refrigerada), acude a servicios de emergencia o al juzgado de guardia para solicitar una medida urgente de restablecimiento. Conserva tickets de gastos derivados (agua embotellada, comidas fuera, alojamiento) porque serán útiles para reclamar la indemnización.

Vías de reclamación: burofax, Consumo y juzgado

La ruta de reclamación se construye en capas. La primera es la reclamación extrajudicial mediante burofax: exige la reposición, ofrece una vía de solución amistosa y deja constancia. Si no surte efecto, activa la segunda capa: reclamación ante Consumo o el organismo autonómico/municipal competente. Aunque el casero no sea una empresa, muchas oficinas admiten reclamaciones relativas a la habitabilidad y a servicios vinculados a vivienda en alquiler, especialmente si hay empresas comercializadoras implicadas.

Si persiste el corte, la tercera capa es la vía judicial. Puedes solicitar medidas cautelares para el restablecimiento inmediato del suministro mientras se tramita la demanda principal por daños y resolución contractual si procede. Estas medidas requieren acreditar apariencia de buen derecho (verosimilitud del corte ilegítimo) y peligro en la demora. Acompaña la solicitud de pruebas (burofax, partes de la compañía, fotos, mensajes) y un relato claro de los perjuicios (alimentos, salud, trabajo remoto, etc.).

Consejo práctico: en la demanda, cuantifica los daños con facturas y justificantes. Incluye daño moral si la situación ha sido especialmente gravosa (noches sin luz, imposibilidad de ducharse, etc.).

En paralelo, si sospechas de coacciones o de que te están forzando a abandonar la vivienda mediante cortes, considera interponer denuncia ante la autoridad policial o fiscalía. La existencia de un contrato de arrendamiento vigente y el historial de mensajes presionando para irte refuerzan tu posición.

Indemnizaciones y responsabilidades

El casero que corta el agua o la luz de forma ilegítima puede verse obligado a indemnizar al inquilino por todos los daños derivados. La indemnización puede cubrir daños materiales (electrodomésticos dañados por picos de tensión, alimentos echados a perder), gastos extraordinarios (hoteles, lavandería, comidas fuera, agua embotellada), pérdida de ingresos (si el inquilino trabaja desde casa y no pudo hacerlo) y daño moral. La clave está en la prueba: cuantos más recibos, informes y testigos aportes, más sólida será la reclamación.

Además de la responsabilidad civil, puede existir responsabilidad administrativa (sanciones por vulnerar normativa de consumo o vivienda) e incluso penal si la conducta es persistente y con ánimo de forzar la salida del inquilino. La proporción de la indemnización dependerá de la duración del corte, la intencionalidad, la reincidencia y la gravedad de los perjuicios. En algunos casos, el juzgado ordena no solo restablecer el servicio, sino también abstenerse de futuras perturbaciones bajo apercibimiento de multa.

  • Daños materiales y gastos extraordinarios documentados.
  • Pérdida de oportunidades o de ingresos acreditable.
  • Daño moral por afectación a la vida cotidiana y a la dignidad.

Si el corte deriva de un problema técnico inevitable, el casero debe acreditar que actuó diligentemente para solucionarlo con rapidez y que ofreció alternativas temporales (por ejemplo, alojamiento provisional o suministro alternativo). La falta de diligencia también genera responsabilidad.

Pruebas y documentación imprescindible

Una reclamación sólida se apoya en pruebas claras y ordenadas. Empieza por crear una línea de tiempo con fecha y hora del primer corte y de cada incidencia relevante. Guarda capturas de pantalla de apps de la comercializadora, emails y mensajes del casero. Haz fotos del contador, del cuadro eléctrico, de precintos o de llaves de paso cerradas. Solicita por escrito a la compañía un parte de incidencia donde conste si el corte ha sido por impago, avería o solicitud del titular. Si hay alimentos o medicamentos estropeados, fotografía el estado y conserva tickets de compra.

Busca testigos (vecinos, portero, técnicos) que puedan acreditar que no había corte general en la finca. Si has tenido que alojarte fuera o comprar agua embotellada, conserva facturas. El burofax al casero y su acuse de recibo son piezas centrales; incorporan tu requerimiento de restablecimiento y fijan la mala fe si no actúa. Si recibes una respuesta, archívala; si no, la ausencia también habla. Organiza todo en un dossier con índice, para que el abogado o el juez puedan entender de un vistazo el caso.

Documentos clave a aportar:

  • Contrato de alquiler y recibos de renta y suministros.
  • Burofax y comunicaciones fehacientes enviadas y recibidas.
  • Partes de incidencia de la comercializadora.
  • Fotos, vídeos, testigos y facturas de gastos derivados.

Cuanta más calidad y coherencia tengan las pruebas, más fácil será obtener medida cautelar e indemnización.

Prevención: cláusulas y buenas prácticas en el contrato

La mejor disputa es la que no estalla. Desde el inicio, negocia y redacta un contrato que clarifique la titularidad de los suministros, la forma de pago y el procedimiento ante impagos o incidencias. Si el inquilino será titular de agua y luz, fija el plazo para cambiar la titularidad y aportar justificantes. Si el casero mantiene los contratos, establece cómo repercutirá mensualmente los consumos y cómo se resolverán discrepancias (por ejemplo, mediante lectura de contadores y facturas anexas). Incluye una cláusula que prohíba expresamente cortes unilaterales como medida de presión y que remita la resolución de cualquier conflicto a los cauces legales.

En cuanto a la convivencia, acuerda canales de comunicación eficaces (correo principal para notificaciones, plazos de respuesta) y un protocolo de incidencias técnicas (quién contacta con la empresa, cómo se abonan reparaciones urgentes, etc.). Además, realiza un inventario con fotos del estado inicial del inmueble y de contadores. Esto evita discusiones posteriores sobre daños o consumos. Finalmente, contempla mecanismos de mediación para desactivar tensiones antes de que escalen. Un buen contrato, claro y operativo, reduce la tentación de usar atajos como los cortes de suministro.

Buenas prácticas: transparencia en facturas, revisiones periódicas de instalaciones, y comunicación por escrito ante cualquier desacuerdo. La prevención minimiza riesgos y costes.

Preguntas frecuentes

¿Qué hago si el casero corta el agua o la luz y no responde? Envía un burofax exigiendo restablecimiento en 24/48 horas, abre incidencia con la compañía, recopila pruebas y presenta reclamación en Consumo. Si la situación es grave, solicita medidas cautelares en el juzgado para reactivar el servicio de inmediato.

¿Y si debo mensualidades de alquiler? El impago no autoriza al casero a cortar suministros. Debe reclamar la deuda por la vía legal (requerimiento y, en su caso, desahucio), pero no puede tomar represalias cortando agua o luz. Un corte por impago solo puede realizarlo la comercializadora, con preaviso y conforme a su normativa.

¿Puedo pedir indemnización por alimentos o electrodomésticos dañados? Sí, siempre que lo pruebes con fotos, tickets y un relato temporal coherente. Añade facturas de hotel, lavandería o restauración si tuviste gastos por la falta de suministro. También puedes reclamar daño moral cuando la situación ha sido especialmente lesiva.

¿Es delito cortar la luz para obligarme a irme? Puede serlo si se encuadra como coacciones u otras figuras, sobre todo cuando hay intencionalidad y persistencia. Denuncia y aporta el contrato, el burofax y las pruebas del corte. Paralelamente, solicita la restitución del servicio por la vía civil.

¿Qué pasa si la compañía cortó por una avería? Si es una avería externa, exige el parte de incidencia y comunica al casero. Si la avería deriva de una instalación deficiente del inmueble, el arrendador debe repararla con diligencia; los daños por la demora pueden ser reclamables si se prueban.

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