¿Qué debo revisar antes de alquilar una vivienda?
Qué revisar antes de alquilar una vivienda: contrato, fianza, gastos y estado del piso para evitar problemas legales y prácticos.
Antes de firmar un arrendamiento conviene tener claro qué revisar antes de alquilar una vivienda: la identidad y legitimación del arrendador, el estado real del inmueble, las condiciones del contrato, la fianza y los gastos. Muchos conflictos aparecen después de la firma, cuando ya cuesta más corregir una cláusula dudosa, acreditar desperfectos previos o discutir quién paga una reparación.
En España, el marco principal es la Ley 29/1994, de Arrendamientos Urbanos (LAU). Su art. 4 LAU fija qué se regula por la ley y qué puede pactarse por las partes dentro de sus límites; además, el art. 1255 del Código Civil permite la libertad de pactos siempre que no sea contraria a la ley, la moral o el orden público. Por eso, antes de firmar, no basta con leer el precio: hay que revisar el conjunto.
1. Qué revisar antes de alquilar una vivienda para evitar problemas desde el primer día
La revisión previa debe centrarse en cuatro bloques: quién arrienda, qué vivienda se entrega, qué se firma y qué importes se exigen. La ley regula directamente algunos extremos, como la fianza del art. 36 LAU o el régimen de reparaciones del art. 21 LAU. Otras cuestiones, como determinadas cláusulas sobre mascotas, gastos o garantías del arrendamiento, dependerán de lo pactado y de cómo esté redactado el contrato.
La idea práctica es sencilla: todo lo que no quede claro antes de entrar en la vivienda puede generar problemas de prueba después, especialmente si surge una reclamación por daños, impagos, obras o resolución del contrato conforme al art. 27 LAU.
2. Documentación del arrendador y datos básicos de la vivienda que conviene comprobar
Antes de alquilar vivienda, conviene comprobar quién firma como arrendador y con qué título actúa. Si es propietario, habrá que verificar sus datos identificativos. Si actúa un representante, conviene pedir documento bastante de representación. Si la vivienda pertenece a varios titulares o a una herencia, puede ser prudente confirmar que quien firma está legitimado para arrendar.
También interesa revisar los datos básicos del inmueble: dirección completa, referencia de la vivienda concreta, anejos incluidos si los hay —plaza de garaje, trastero— y superficie o descripción real entregada. Si se publicitó amueblada o con electrodomésticos, debe quedar reflejado en el contrato de alquiler.
Si el arrendador facilita nota simple u otra documentación, puede ayudar a confirmar titularidad y cargas, aunque su utilidad dependerá del caso. No siempre será imprescindible, pero sí recomendable cuando existan dudas sobre la propiedad o sobre quién puede firmar válidamente.
3. Estado del piso, inventario y reparaciones: qué dejar documentado antes de firmar
La visita debe ir más allá de lo estético. Conviene comprobar humedades, ventanas, persianas, caldera, cocina, electrodomésticos, cisternas, enchufes y cerraduras. Si algo no funciona o presenta desgaste, lo mejor es dejarlo por escrito antes de firmar o en el mismo acto de entrega.
El inventario del piso es especialmente útil cuando la vivienda se entrega amueblada. Debe identificar muebles, electrodomésticos y su estado. Fotografías fechadas, lectura de contadores y un anexo firmado reducen discusiones futuras.
En materia de reparaciones, el art. 21 LAU regula la conservación de la vivienda en condiciones de habitabilidad, pero habrá que distinguir entre reparaciones necesarias, pequeñas actuaciones derivadas del uso ordinario y daños imputables a un mal uso. Por eso interesa documentar bien el estado inicial del inmueble.
4. Contrato de alquiler: cláusulas que conviene leer con especial atención
Al revisar el contrato de alquiler, conviene fijarse al menos en: duración pactada, renta, actualización, uso de la vivienda, reparto de gastos, desistimiento, obras, mascotas, prohibiciones de cesión o subarriendo y causas de resolución. No todo está regulado del mismo modo: hay materias sujetas al régimen imperativo o semimperativo de la LAU y otras que pueden pactarse por autonomía de la voluntad conforme al art. 4 LAU.
También debe revisarse si se repercuten gastos de comunidad, tributos o servicios individuales, y en qué términos. Si aparecen penalizaciones por irse antes, restricciones de uso o facultades de entrada del arrendador, habrá que analizar su redacción concreta y su encaje legal.
El art. 27 LAU resulta relevante porque recoge supuestos de incumplimiento y resolución. Por ello, interesa saber desde el principio qué conductas pueden generar conflicto contractual y cómo se han redactado esas previsiones.
5. Fianza, garantías adicionales y otros importes: qué pueden pedirte y cómo revisarlo
La fianza en arrendamiento de vivienda está regulada en el art. 36 LAU. Esa es una previsión legal directa. Distinto es que, además, se pacten garantías adicionales: aval, fiador o cantidades complementarias. Ahí entra la autonomía de la voluntad, dentro de los límites aplicables.
Conviene revisar con detalle qué concepto corresponde a cada importe: renta del primer mes, fianza legal, garantía adicional, honorarios si proceden, o cantidades para suministros. Mezclar conceptos en un solo recibo puede generar confusión después.
También es recomendable que quede constancia documental del pago y de las condiciones para la devolución de la fianza al finalizar el contrato, teniendo en cuenta que dependerá del estado de la vivienda, de las deudas pendientes y de la liquidación final que corresponda.
6. Suministros, gastos, certificado energético y normas de la comunidad
Antes de firmar, conviene preguntar si los suministros están dados de alta, a nombre de quién figuran y si existen deudas pendientes. Es útil anotar la lectura de agua, luz y gas en la entrega de llaves. Si los cambios de titularidad corresponden al arrendatario, debería saberse desde el inicio.
Respecto al certificado energético, su exigencia deriva de la normativa específica sobre eficiencia energética, entre otras del Real Decreto 390/2021. Si se facilita, conviene conservar copia o al menos constancia de su calificación.
Por último, las normas de la comunidad vecinos pueden afectar a aspectos prácticos relevantes: uso de zonas comunes, ruidos, animales o mudanzas. No sustituyen al contrato ni a la ley, pero sí conviene conocerlas para evitar incidencias desde el primer día.
7. Checklist final antes de firmar el alquiler
| Revisión | Qué comprobar |
|---|---|
| Arrendador | Identidad, titularidad o representación suficiente |
| Vivienda | Dirección, anejos, estado real y llaves entregadas |
| Inventario | Muebles, electrodomésticos, fotos y desperfectos previos |
| Contrato | Duración, renta, gastos, desistimiento, obras y uso |
| Importes | Fianza, garantía adicional y justificantes de pago |
| Suministros | Altas, titularidad, deudas y lectura de contadores |
- Lee el contrato completo antes de firmar, incluido anexos e inventario.
- No des por supuesto que un gasto está incluido si no aparece claro.
- Documenta por escrito humedades, averías o faltas de mobiliario.
- Conserva copia del contrato, recibos y fotografías de entrada.
En resumen, antes de firmar un alquiler en España conviene revisar documentación, estado del inmueble, reparto de gastos, cláusulas sensibles y garantías económicas. Esa revisión previa reduce riesgos y mejora mucho la posición del inquilino si más adelante surge una discrepancia.
Si tienes dudas sobre el contrato o sobre el inventario, puede ser razonable pedir una revisión jurídica antes de firmar. En esta materia, una comprobación a tiempo suele evitar problemas más costosos después.
Fuentes oficiales verificables
- BOE: Ley 29/1994, de 24 de noviembre, de Arrendamientos Urbanos: https://www.boe.es/buscar/act.php?id=BOE-A-1994-26003
- BOE: Real Decreto 390/2021, de 1 de junio, por el que se aprueba el procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios: https://www.boe.es/eli/es/rd/2021/06/01/390
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